Saltar al contenido

EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES

La formación profesional del sistema educativo posibilita el aprendizaje a lo largo de la vida favoreciendo la incorporación de las personas a los distintos ciclos formativos de formación profesional.

Por ello, con el fin de facilitar al alumnado la consecución de las enseñanzas del ciclo formativo en el que está matriculado, sin necesidad de repetir aprendizajes ya adquiridos con anterioridad, se establecen las condiciones de convalidación de módulos profesionales incluido en dicho ciclos formativo.

Por otro lado para favorecer la empleabilidad y la posibilidad de seguir estudios posteriores se establecen equivalencias de estudios españoles y homologaciones de estudios efectuados en otros países, con la formación profesional del sistema educativo.

Convalidación:

La convalidación consiste en emitir una resolución oficial por parte del centro educativo público o privado autorizado o la administración educativa competente, en la que se indica el módulo o módulos profesionales que se convalidan al aportar otros estudios de formación profesional o estudios universitarios, o bien unidades de competencia acreditadas.

El efecto de dicha resolución los módulos profesionales se consideran convalidados o equivalentes:

  • Convalidados: con la calificación de un 5.
  • Equivalentes: se traslada automáticamente la nota.

Exención:

Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.

Acreditación de competencia:

La acreditación de unidades de competencia consiste en la certificación oficial de la Administración competente de poseer alguna unidad de competencia obtenida mediante el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales, establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral; o bien mediante un certificado de profesionalidad, establecido a partir del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Las unidades de competencia acreditadas permiten la convalidación de módulos profesionales de Ciclos Formativos de Formación Profesional, según lo establecido en los Reales Decretos que regulan los títulos.

Homologación:

La homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros de educación no universitaria y universitaria con títulos de formación profesional del sistema educativo español supone la declaración de la equivalencia con efectos académicos y en su caso profesionales con los títulos de formación profesional del sistema educativo español.


Equivalencia:

La equivalencia de estudios con títulos de formación profesional del sistema educativo es el reconocimiento oficial de que unos estudios tienen los mismos efectos académicos y/o profesionales que un título de formación profesional, si bien no da derecho al interesado a la obtención del título con el que se establece la equivalencia, ni a ningún tipo de convalidación de módulos profesionales.

Los efectos de una equivalencia pueden ser profesionales (indica el reconocimiento expreso de que una formación permite el acceso al mundo del trabajo igual que otra a la que es equivalente) o académicos (indica el reconocimiento expreso de que la formación declarada equivalente permite continuar estudios del sistema educativo.

La equivalencia puede clasificarse en genérica o específica:

  • La equivalencia genérica con títulos de Grado Medio o Superior de formación profesional del sistema educativo indica que la titulación es equivalente respecto a los títulos de formación profesional del mismo grado.
  • La equivalencia específica con algún título de formación profesional del sistema educativo indica que es equivalente a ese título en concreto y no a otros.

Convalidación de módulos.

Convalidación de Ciclos.

Equivalencias académicas.

Oficialía y Maestría industrial.
Técnico auxiliar y Técnico Especialista.
Enseñanzas de Artes plásticas y Diseño.
Enseñanzas Militares.
Graduado en ESO.
Título de Bachillerato.

Convalidaciones.

Convalidaciones entre Formación Profesional y Estudios Universitarios.
Convalidaciones entre Ciclos Formativos.