PROCESO DE ADMISIÓN 2024-2025
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- DECRETO 244/2021, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid y se actualizan los criterios de admisión y su ponderación
- LEY 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid.
- INSTRUCCIONES COMPLETAS SOBRE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS CURSO 2024/2025
- El plazo para la presentación de solicitudes de admisión de alumnos: 3 al 16 de abril de 2024, (ambas fechas inclusive).
¿QUIÉN TIENE QUE PRESENTAR SOLICITUDES?
- Los que deseen acceder por primera vez a centros que imparten Educación Infantil (3-6 años) o Educación Primaria o a centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos en el curso 2024/2025.
- Los que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
- Los alumnos que deseen solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única.
- Los alumnos escolarizados en centros con adscripción múltiple a otros centros educativos y que tengan que cambiar de centro para el curso 2024/2025.
- Los alumnos que deseen cambiar de centro en cualquiera de los niveles y enseñanzas del ámbito de aplicación de la presente Resolución.
- Ver más
¿QUIÉN NO TIENE QUE PRESENTAR SOLICITUD?
- LOS QUE PERMANEZCAN EN EL CENTRO
- Los que cambien de etapa educativa dentro de un mismo centro o recinto escolar.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- Las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2024/2025 preferentemente serán presentadas por vía telemática, y serán dirigidas al primer centro incluido en la solicitud.
- SECRETARÍA VIRTUAL (VER REQUISITOS)
- Guía para utilizar secretaría virtual.
- Guía rápida para utilizar la secretaría virtual.
- Gestión telemática de la solicitud de admisión de alumnos: Secretaría Virtual
- En aquellos casos en los que, por imposibilidad técnica, no sea posible presentar la solicitud de admisión por vía telemática, podrá ser presentada en el centro educativo incluido en primer lugar en la misma.
BAREMACIÓN DE LAS SOLICITUDES
- Baremo de solicitudes para el proceso de admisión.
- Criterios para la baremación establecido por la normativa.
- Acordado por el Centro: ELEGIR EL CENTRO EN PRIMERA OPCIÓN: 3 PUNTOS
CENTROS ADSCRITOS A NIVEL SUPERIOR A EFECTOS DE ESCOLARIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN 23 DE ABRIL DE 2024